
En Colombia al momento de que las personas naturales o jurídicas buscan financiación para la compra de bienes inmuebles, generalmente las entidades financieras ofrecen dos clases de financiación, siendo, el crédito hipotecario y el Leasing habitacional. Hay otras entidades que igualmente financian la compra de vivienda como los cooperativas, fondos de empleados , cajas de compensación, pero solamente a través de crédito con hipoteca en primer grado a ellos, e incluso a veces en segundo grado.
Cual es la diferencia si juntas opciones son similares para el mismo fin. El crédito hipotecario, consiste como su nombre lo indica en “hipotecar ” a favor de la entidad financiera que otorgó el crédito para financiar la compra el bien inmueble, y así constará en el certificado de tradición y libertad del mismo, donde se verá reflejado que el titular de dominio es quien o a quienes les fue otorgado el crédito.
Sus tasas oscilan actualmente entre el 8% o el 10%. El Diario La República en publicación del 22 de enero de 2021 menciona que “Según datos consolidados por la Superfinanciera, en la semana con corte al 15 de enero, las tasas de interés en pesos para vivienda no VIS alcanzaron un promedio de 9,17% y la más baja en este rubro la tiene Itaú con 7,96%.
Pese al liderato que alcanzaron algunas de las compañías tanto en número y monto desembolsado, no se puede dejar de lado que las entidades que ofrecen las tasas más bajas en el segmento de vivienda no VIS son Itaú, Scotiabank Colpatria y Av Villas, con 7,96%, 8,04% y 9,02%, respectivamente.
Mientras que los bancos que cuentan con las tasas más altas del mercado para el segmento no VIS son Banco Caja Social (10,30%), Banco de Bogotá (10,14%) y Davivienda (9,69%), Bancoomeva (9,68%)”. Para mayor información ver https://www.larepublica.co/finanzas/asi-estan-las-tasas-que-ofrecen-los-bancos-para-comprar-vivienda-a-principio-de-ano-3114259
Los plazos para los créditos hipotecarios van hasta 15 años, financian generalmente hasta el 70% del valor del inmueble, así que hay que contar con el 30% adicional preferiblemente con recursos propios.
Por su parte el Leasing Habitacional se asemeja a un arriendo, cuota que se paga mensual y al final tiene una opción de compra, la cual se podrá o no hacer efectiva, tiene una mayor flexibilidad por decirlo de esa forma frente a plazos, van hasta 20 años, financian hasta el 90%, e inclusive a veces pueden tener tasas mas bajas. A diferencia del crédito hipotecario donde el deudor esta registrado como titular de dominio del inmueble, en el Leasing Habitacional no es así, el titular será la entidad financiera, ella suscribirá un contrato con la persona o personas que se denominaran “Locatario o Locatarios”.
También de ser el caso y dependiendo, podría solicitar un Leaseback sobre el mismo inmueble si fuera el caso, una vez haya cancelado el leasing y este próximo a decidir si toma la opción de compra. También se puede solicitar sobre otro, este tipo de operación permite convertir los activos en liquidez muy rápida, las mensualidades pueden ser mas bajas que el crédito. Generalmente es una opción que utilizan las empresas para adquirir capital de trabajo.
El diario La República en su articulo del 9 de mayo de 2020, menciona que “Además del beneficio de liquidez, el leaseback hace que el bien sea inembargable en términos jurídicos, se puede negociar el mantenimiento del bien, las cuotas de arrendamiento son más bajas que las del crédito hipotecario porque se tiene en cuenta la depreciación del artículo; no afecta los niveles de deuda por lo que se pueden pedir otras líneas de financiamiento y libera los impuestos generados por patrimonio.” Ver información https://www.larepublica.co/empresas/leaseback-opcion-para-que-las-empresas-tengan-liquidez-en-tiempos-de-covid-19-3003725
Es importante tener en cuenta que en caso que utilice la opción de Leasing Habitacional y su interés es colocar el inmueble en arriendo, debe validar previamente con la respectiva entidad si le permite arrendarlo, si hay condiciones, dado que no todas lo aceptan.




